lunes, 8 marzo, 2021
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El Constituyente electo Dr. Ángel Ramírez dialogo sobre cómo debe funcionar el Presupuesto Participativo

Señalo que “hay dos modelos de Democracia en juego: la que nosotros ponemos en práctica es la Democracia Participativa y lo del Presupuesto Participativo es una cuestión que se está implementando en todo el país, está previsto a nivel Nacional, tiene un área específica, que capacita a todos los directores del país, para que funcione, es necesario que se aprueben también, las unificaciones y que funcione legalmente y normalmente las uniones vecinales.

Estos proyectos, fueron presentados al Concejo Deliberante y en el caso de la Defensa del Consumidor, se aprobó, la reforma la Carta Orgánica y un proyecto vinculado al inicio de la clasificación de la basura, puede incorporarse, estableciendo los derechos del consumidor y la necesidad de la reglamentación de la organización de la estructura administrativa dentro del Municipio que haga funcionar esto”.

“En nuestro caso de defensa del consumidor, es una ordenanza que ya se encuentra aprobada, hay alguna discusión y proyecto de modificación presentada por el Oficialismo a raíz de una sugerencia realizada por la Jueza de Faltas, porque entre las funciones que establece la Ordenanza con respecto a la misma, se le otorga el Tribunal de Faltas para aplicar las sanciones que establece la ley de Defensa del consumidor que también esta previsto por la Ley Nacional y la Ley Provincial, esto está en debate y está aprobado”.

“La misma ordenanza establece la designación de inspectores, para que realicen controles de productos vencidos, etc. que hacen a la Defensa del Consumidor , lo que venimos planteando para incorporar a la Carta Orgánica ya se venía trabajando dentro del Concejo y muchos de los proyectos tienen que ver con esta cuestión, nos estuvimos poniendo de acuerdo con los concejales del Oficialismo en muchas cuestiones, como el sistema de audiencias públicas en el ámbito del concejo deliberante que también se debe incorporar a la carta orgánica municipal , hay ciertas cosas que esta no habilita, por lo cual se acude a la Reforma, la Carta Orgánica habla de un Auditor Municipal, la Constitución Provincial dice que habla de Tribunal de Cuentas, el problema es cómo se conforma este, el cual debe definirse mediante el Voto Popular, para elegir quienes son los que van a controlar, el Defensor del Pueblo lo que hace es la defensa gratuita de los vecinos frente a determinadas violaciones que puedan generarse por parte del mismo estado o empresas estatales (D.E.P.E.C por ejemplo).”

“El Defensor del Pueblo del Gobierno Provincial ha hecho su presentación para que defienda a la Ciudad a nivel Nacional, el caso de Corrientes, cuando no se hacen los aportes o coparticipación para el fondo de viviendas, Invico hace la presentación al Dr., Alegre y él hace la presentación a la Nación representando al pueblo, lo que se necesita es tener asistencia legal gratuita para que las personas puedan hacer el reclamo y que sea escuchado y que se lleve a cabo”.

“Dr. Alegre a Nivel Provincial, en Capital Simoni, y en Goya la designación es por voto popular cada 4 años los goyanos, además de elegir Intendente y Concejales, tienen una boleta independiente para que las personas puedan elegir libremente el Defensor del Pueblo en función de la propuesta que propone, el cual debe ser Abogado o Escribano para reunir los requisitos de la Normativa.”

“Soy optimista en cuanto a que vamos a tener una Carta Orgánica moderna, ágil que tenga instituciones nuevas y que se amolde a la Constitución Nacional y a la Constitución Provincial, el sistema de juicio político fue declarado inconstitucional porque establece que la cámara de sentencia del tribunal de concejo se puede sustituir con 2/3 del total de los concejales, en vez del 2/3 de los 4 concejales como ocurrió con el Dr. Romero.”

A esto, Aníbal Méndez agrego: “Me parece bien que se mire para adelante, pero hay que dejar la posibilidad de que con el transcurso de los tiempos y de que como varia la vida que se deje abierta la oportunidad de que cuando haya necesidad de reformar algunos puntos, se va reformando la nueva carta orgánica no será mejor redactar una nueva? Y Por último, ¿Cuál es su opinión particular sobre el tema de la Reelección y la Re-reelección? Esa es la pregunta que quiero dejar planteada”. Finalizo.

A lo que Ramírez respondió : “La posibilidad del cambio existió siempre, porque está previsto que existiendo el número necesario, a los 2 o 3 años si se encuentra algo para modificar se puede hacer, la Reforma de la Carta Orgánica, se refiere al procedimiento que inicio cuando se declaro la necesidad de esta, lo que establece es que obligatoriamente debe reformarse cada 20 años integralmente, esta convención tiene la misma autonomía que la primera, por lo que podemos hacer una carta totalmente nueva, dejando lo que consideremos valido de la primera, la posibilidad de la Reforma queda abierta siempre que existan 2/3 para que el concejo declare la necesidad y convoque a elecciones, respecto de enmiendas puntuales si quedo algún articulo mal redactado u algún otro problema , sobre eso se puede establecer y exigir con una mayoría súper especial se puede modificar y aprobar más adelante“.

“En cuanto a la Reelección esta prevista en la Constitución Provincial, que incorpora la limitación para la reelección, también existe para los concejales, el cual no puede tener más de dos mandatos consecutivos igual que el intendente y vice intendente”.

“Respecto a la Re-Reelección si hay que establecer bien claro, en clausula transitoria, es que mandato y que numero de mandato se considera que está cumpliendo el actual intendente por ejemplo, de todas maneras, si seguimos lo que dijo el Superior Tribunal, si no se puede aplicar la carta orgánica nueva hay que dirigirse a la anterior, pero la anterior dice que no pueden ser reelectos no hay problema, no pueden más de una vez, ni el intendente, salvo los concejales, tendrían que hacer una clausula transitoria que aclare que los mandatos se cuentan por lo que se está cumpliendo también”.

En cuanto a la Convención de los Convencionales Méndez, sugirió que “los constituyentes cobraron y se pasaron un tiempo largo sin hacer nada y después se apuraron a último momento, por eso salió la Carta Orgánica así”.

Por su parte, Ramírez agrego que la carta orgánica establece que la función del convencional debe ser siempre reenumerada, la ordenanza dice que si ya estas cumpliendo otra función tanto municipal, como provincial o nacional no cobras como convencional, eso es lo que se estableció, como en el caso mío no cobro como convencional por ser concejal, creo que puede darse el caso con el Diputado Osvaldo Fagetti, concluyo.”

Tags: política
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